SMA formula 7 cargos contra la empresa constatar una operación deficiente en el transporte terrestre de sustancias corrosivas

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló siete cargos contra la empresa Transfahum, titular del proyecto “Transporte terrestre de sustancias corrosivas” que se encuentra emplazado en la comuna de Calama, Región de Antofagasta. Esto, luego de constatar una operación deficiente del proyecto que consiste en el transporte de sustancias corrosivas –ácido sulfúrico y PLS– desde diferentes orígenes y hacia destinos ubicados en las regiones del norte de Chile.

Esta investigación tiene como origen una serie de denuncias realizadas por la Ilustre Municipalidad de Tocopilla ante la Superintendencia, las que están vinculadas a derrames de ácido sulfúrico desde camiones que transportó la empresa en distintas fechas y a un volcamiento de un camión en el kilómetro 166 de la Ruta 1 ocurrido en noviembre de 2022, lo que generó un derrame parcial de ácido sulfúrico que afectó el suelo de la zona, llegando a tener contacto parcial con el mar.

Tras actividades de fiscalización realizadas por la Oficina Regional de la SMA de Antofagasta en conjunto con la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) en una primera instancia y una segunda inspección junto a la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, junto a la dictación de medidas urgente y transitorias ordenadas en abril de este año, la SMA pudo constatar, principalmente, que la empresa ha presentado una operación deficiente en el transporte terrestre de sustancias corrosivas.

En base a estos antecedentes, la SMA formuló siete cargos contra el titular: cuatro infracciones leves, dos graves y una gravísima. Esta última, se vincula a un deficiente manejo de residuos -contrario a lo dispuesto en su RCA- puesto que dentro de las oficinas administrativas de la empresa se almacenó neumáticos, baterías, aguas de lavado de camiones y residuos de emergencias, y no se efectúo la declaración de residuos peligrosos en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, producto de la contingencia ocurrida el 9 de noviembre de 2022.

Respecto a los dos cargos graves, se imputaron ya que la empresa no realizó la toma de muestras durante y después del derrame de ácido sulfúrico mencionado y ya que, de un total de 64 estanques pertenecientes a la flota de transportes de Transfahum, sólo 30 poseen certificados de estanqueidad emitida por un Organismo de Inspección autorizado.

En relación a las cuatro infracciones leves, se levantaron porque la empresa no efectuó la reposición del material y recursos utilizado por el cuerpo de bomberos en los incidentes registrados; el titular no informó a la Superintendencia sobre la activación del plan de emergencias ni entregó los informes preliminares finales exigidos en su permiso ambiental; se implementó un plan deficiente de capacitación transversal para atender las situaciones que se puedan presentar en el transporte terrestre; y luego de comprobar que de un total de 76 conductores pertenecientes a la flota de transportes de Transfahum, sólo 16 de ellos poseían licencia Clase A-5.

Al respecto, la Jefa de la Oficina Regional de la SMA del Antofagasta, Sandra Cortez señaló que “en las actividades de fiscalización realizadas por esta Oficina Regional de la SMA en conjunto con otros organismos sectoriales pudimos evidenciar que la empresa no ha dado cumplimiento a las exigencias establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental emitida para este proyecto, respecto a la operatividad en el transporte terrestre de sustancias corrosivas”. 

Por su parte, la Superintendenta Marie Claude Plumer explicó que “con la formulación de cargos se inicia el procedimiento sancionatorio, con esto, la empresa dispone de 15 días hábiles para formular sus descargos o de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento. Es importante recordar a todos los titulares, que el cumplimiento ambiental es un imperativo, una condición para el funcionamiento de los proyectos”. 

La Ley Orgánica de la SMA (LOSMA), en su Artículo 39, determina que respecto a las infracciones leves los titulares podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de una hasta mil unidades tributarias anuales (UTAs). Sobre las infracciones clasificadas como graves, los titulares pueden ser objeto de la revocación de RCA, clausura, o de una multa de hasta 5.000 UTAs.

Respecto a las infracciones gravísimas, los titulares podrán ser objeto de revocación de la RCA, clausura, o multa de hasta diez mil UTAs. En este caso, la empresa Transfahum SpA arriesga una multa pecuniaria de hasta 24.000 mil UTAs, equivalente a más de $18.274 millones.

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